El análisis se ha realizado en loteos de toda la provincia y en esta primera etapa, se abarca sólo aquellos en los que se han originado más de 10 lotes de una fracción.
Hasta el momento más de 30 presuntos loteadores ya han sido intimados para que se inscriban como contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos y paguen el tributo. Se les han otorgado 15 días para regularizar la situación y vencido este plazo la Agencia procederá a inscribirlo de oficio, iniciando inspección para determinar la deuda, y aplicando las multas por falta de inscripción, que puede llegar hasta los 10.000 pesos y por omisión de pago, cuyo monto dependerá del impuesto dejado de pagar.
Por otro lado, y sostenido por sólidos indicios de que han llevado a cabo venta de lotes, se han efectuado la apertura de 20 fiscalizaciones a contribuyentes inscriptos en el impuesto por otras actividades y que no declaraban la actividad de loteos.
Para esta tarea, la Agencia de Recaudación Tributaria ha efectuado cruces de información con la Dirección de Catastro Provincial y municipios, entre otros. Se estima que la suma evadida supera los tres millones de pesos.
La venta de lotes está gravada conforme a lo establecido por artículo 2 de la ley 1.301. El sujeto pasivo del impuesto es quien realiza el fraccionamiento y venta de los lotes. La alícuota es del 3% sobre el precio de venta y el perfeccionamiento del hecho imponible se origina desde el momento de la firma del boleto, de la posesión o escrituración (el que fuere anterior). Si con anterioridad a la fecha en que ocurre alguna de dichas situaciones se realizan pagos de cuotas o entregas a cuenta del precio convenido, tales ingresos estarán sujetos al impuesto en el período fiscal en que fueran percibidos.